M&G Abogados Salamanca ⚖️
Reclamación de Salarios
¿NO TE PAGAN EN TU EMPRESA?
¿TENGO QUE CONTRATAR A UN ABOGADO?
¿ME PUEDEN DESPEDIR COMO CONSECUENCIA DE RECLAMAR LOS SALARIOS?
¿QUÉ PLAZO TENGO PARA RECLAMAR LOS SALARIOS IMPAGADOS?
¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE SALARIOS IMPAGADOS?
- La Papeleta de conciliación: requisito previo obligatorio al procedimiento judicial para intentar llegar a un acuerdo con el empresario y evitar la vía judicial, no obstante en la mayoría de las ocasiones suele ser infructuoso porque o no llega a acuerdo, o porque ni si quiera se presenta.
- Procedimiento judicial: Son dos los tipos de procedimiento posible:
- El procedimiento monitorio para las deudas inferiores a 6.000 euros, en las que el empresario no esté en situación de concurso de acreedores.En caso de que la petición sea admitida a trámite, el empresario deberá abonar, en un plazo máximo de 10 días, la cantidad reclamada. Si lo hace o consigna en el juzgado el importe total, el procedimiento quedará archivado y se dará por concluido.
- El procedimiento ordinario, para las deudas de mas de 6.000 euros, o cuando se encuentra en concurso de acreedores.









